jueves, 29 de marzo de 2012

Cartilla pedagógica Guía para formar a servidores o funcionarios públicos en Acciones afirmativas con enfoque diferencial:

Disminución del estigma y la  discriminación por  razones  de orientación e identidad  sexual y hacia la protección, restablecimiento, atención y la garantía de los derechos humanos de las personas Lesbianas, Gays, Bisexuales, Transgeneristas e Intersexuales (LGBTI) de Barrancabermeja

Cartilla pedagógica Guía para formar a servidores o funcionarios públicos  en  Acciones afirmativas con enfoque diferencial:
Disminución del estigma y la  discriminación por  razones  de orientación e identidad  sexual y hacia la protección, restablecimiento, atención y la garantía de los derechos humanos de las personas Lesbianas, Gays, Bisexuales, Transgeneristas e Intersexuales (LGBTI) de Barrancabermeja
 
AGRADECIMIENTOS
 
Deseamos expresar nuestro agradecimiento a todas las personas y organizaciones que participaron en el proceso de elaboración y validación de esta guía. De manera especial, a las autoridades alcaldía y concejo municipal,  concejal Oscar Llorente, Policía enlace, prensa comunicación de la alcaldía,   Secretaria de  Desarrollo Económico y  Social, Gobierno,  Salud, Educación. Lugar de homo-socialización  Luz de Luna, San Valentín.

Equipo/mesa de trabajo defensores activistas, para la incidencia política pública diferencia para asuntos de orientación e identidad sexual para la exigibilidad y garantías de los derechos humanos y sexuales LGBTI en Barrancabermeja

Presentación
En la dirección del equipo de incidencias y defensores activistas de derechos humanos por asuntos de orientación e identidad de  la diversidad humana y sexual y en apoyo a la justicia social,  adelantamos el desarrollo de políticas, programas, proyectos y acciones afirmativas que faciliten la promoción de los derechos humanos, las políticas públicas diferencial, el acceso ciudadano a la justicia y las garantía de derecho, libertades individuales, la integralidad, e inviolabilidad de los derechos humanos, reconociendo las particularidades de las situaciones que viven los pueblos, poblaciones y grupos humanos que históricamente han sido excluidos, por sus formas de ser, hacer, pensar y sentir, entre ellos las personas de los sectores LGBTI (Lesbianas, Gays, Bisexuales, Trans e Intersexuales).
Hoy como parte del plan de desarrollo y como uno de los proyectos de acciones afirmativas ponemos en manos de las y los funcionarios o servidores públicos y la ciudadanía esta cartilla guía sobre derechos humanos, salud sexual con enfoque diferencial de las personas LGBTI, para quesea una herramienta que facilite la apropiciacion técnica, metodológica y conceptual de las perspectivas de derechos con enfoque diferencial de orientación e identidad sexual, en concordancia la plan internacional, nacional departamental, municipal de los derechos de las personas LGBTI cuyos lineamientos están plasmado en los pronunciamiento de la Corte Interamericana de los derechos humanos (CIDH), Organización de Estados Americanos (OEA), Organización de las Naciones Unida (ONU) quien  afirmo la declaración conjunta sobre la orientación sexual y la identidad de genero en asamblea general.
Al reconocer la importancia que han tenido las recientes sentencias C-075/07, C-811/07, T-856/07, C-336/08 y C-798/08 de la corte constitucional, mediante las cuales se ha dado las reivindicaciones de las organizaciones LGBTI.
I n t r o d u c c i ó n
En los últimos años se han conocido casos de violencia y discriminación de personas LGBTI  por causa de su orientación sexual.
¿Qué hacer frente a estos hechos de discriminación de personas que tienen orientaciones sexuales diferentes o identidades de género diferentes?
Este material, por ello, quiere contribuir a conocer una realidad existente en los centros educativos, instituciones, servidores públicos que a diario deben atender a personas con orientaciones sexuales e identidades de género diferentes que sufren discriminación y maltrato por estas características.
 Esta guía quiere contribuir a tener algunos elementos para entender la sexualidad de estas personas. Incluye cierta información sobre el marco normativo internacional y nacional que ampara y respeta los derechos de las personas. Ofrece también algunos recursos metodológicos para enfrentar situaciones de discriminación  por orientación e identidad sexual diferente.

Esperamos que esta guía sea un instrumento de consulta que permita aclarar dudas y brindar luces para fomentar  los derechos humanos la educación, salud sexual, recreación y cultura integral sin exclusiones de ninguna índole.
El objetivo es dar a conocer o reconocer las diferentes  orientaciones e  identidades sexuales, así como los prejuicios y estereotipos discriminatorios  que se tienen sobre las personas LGBTI.
¿Desde cuándo existe la homosexualidad?
La homosexualidad ha ido de la mano de la humanidad y ha estado presente en todas las culturas de todas las épocas, la mayor represión se encuentra en la tradición judeo- cristiana y su influencia sobre el mundo occidental.
Concepciones sobre la homosexualidad
La homosexualidad ha sido considerada una enfermedad mental, un síntoma de degeneración o un signo de inmadurez sexual. Sin embargo, estas concepciones han ido cambiando a lo largo del tiempo.
En 1973 la Asociación Psiquiátrica de los Estados Unidos retiró la palabra homosexualidad del Manual Diagnóstico y Estadístico de los Trastornos Mentales (DS M-II).
En 1975 la Asociación Psicológica de Estados Unidos apoyó este cambio y exhortó a que "todos los profesionales de la salud mental tomaran la dirección en la remoción del estigma de enfermedad mental que por largo tiempo había estado asociado a las orientaciones homosexuales".
En 1990 la OMS excluyó la palabra homosexualidad de la Clasificación Estadística
Internacional de Enfermedades y otros Problemas de Salud y la definió como una variación de la sexualidad humana.
LA SEXUALIDAD: CON  TRATO INCLUSIVO Y  UN ENFOQUE DIFERENCIAL
Nuestra sexualidad es una compleja realidad biológica, social y cultural que se expresa a través de nuestros pensamientos, sentimientos, conductas, comportamientos y maneras de comunicarnos con otras personas.
La sexualidad es una vivencia subjetiva personal; cada persona le da un significado único a su identidad sexual de acuerdo a su historia individual. En su formación participan la familia, los amigos, el centro educativo, los medios de comunicación social, etc.
Es común en las culturas asociar la sexualidad al matrimonio y a la tenencia de hijos. Cuando esto no ocurre, se considera la relación de pareja como algo ‘anormal’, incluso una ‘enfermedad’. Por ello, si alguien piensa y vive su sexualidad de otra manera es considerada una persona rara y puede ser discriminada por esta razón.
Lo cierto e s que la sexualidad es una experiencia personal y una manera de definir la identidad, que puede vivir se de muchas maneras.
Por e s o, se r í a mejo r decir que en la vida hay diferente s formas de vivir la sexualidad.
Identidades sexuales
Las personas en sus vidas van buscando definir una identidad que las hace únicas y diferentes. Parte de esta identidad es la identidad sexual.
La identidad sexual permite a la persona asumirse como una unidad biológica, social, cultural, cognitiva que le permite distinguirse de otra por su orientación sexual, su conducta sexual y su identidad de género.
Por ello distinguimos:

a) Orientación sexual

La orientación sexual es la atracción afectiva y placentera que una persona puede manifestar hacia otras. Estas personas pueden ser del sexo opuesto (orientación sexual heterosexual), del mismo sexo (orientación sexual homosexual) o de ambos sexos (orientación sexual bisexual).

A las mujeres que se sienten atraídas por personas del mismo sexo se les conoce como lesbianas y a los hombres que se sienten atraídos por otras personas del mismo sexo se les conoce como gays.

La orientación sexual es parte de la vida de las personas y no es contagiosa. No se puede pedir a las personas que se comporten de manera contraria a sus deseos íntimos, es decir, a su orientación sexual, pues se pondría en riesgo su equilibrio psicológico.

b) Conducta sexual

La conducta sexual es tener relaciones sexuales ya sea con personas del mismo sexo, del otro sexo o con ambos sexos. Desde este punto de vista las personas pueden ser heterosexuales, homosexuales y bisexuales, aunque sus prácticas sexuales sean distintas a sus deseos.

La conducta sexual en realidad no modifica o transforma la orientación sexual. Es posible que algunas personas que desean tener sexo con otras de su mismo sexo no lo manifiesten, por temor al rechazo social o la discriminación.

En esta perspectiva es posible también que mujeres y varones tengan relaciones con personas de su mismo sexo, ya sea por curiosidad, afecto, etc., sin que esto signifique que sean homosexuales.

c) Identidad de género

La identidad de género es sentirse profundamente mujer o varón, independientemente del sexo con el que se nació. Es la vivencia personal del cuerpo, el gusto por la vestimenta, el modo de hablar, los modales, la manera de presentarse a las otras y otros.
                                             
Se puede distinguir, por lo tanto, a personas trans, como los travestis, transgéneros y transexuales:

Ser travesti es asumir eventualmente una identidad opuesta a la identidad con la que se nació, sin hacer cambios en el cuerpo ni en la genitalidad.

Ser transgénero es asumir una identidad opuesta al sexo con el que se nació, modificando el cuerpo con tratamientos hormonales y quirúrgicos, sin
cambiar los genitales.
Ser transexual es asumir una identidad opuesta al sexo con el que se nació, modificando partes del cuerpo y adoptando una nueva genitalidad.

Algunas personas sienten que, por diversas razones, tienen un cuerpo ‘equivocado’ y toman conciencia que sus actitudes y conductas son diferentes de otras personas. Esto podría indicar que se trata de una identidad de género llamada trans.

Las personas buscan presentarse con una identidad de género y pueden, por ello, definirse como personas heterosexuales, trans u homosexuales.

La declaración del XIII Congreso Mundial de Sexología, realizado en Valencia
(España) en 1997, reconoce como derechos sexuales:

El derecho a construir nuestra identidad como mujeres u hombres, más allá de los roles tradicionales de género.
El derecho a no ser discriminada o discriminado por sexo, edad o clase social.
El derecho a tener una educación sexual de calidad.
El derecho a la relación sexual donde no medie la violencia, el abuso o el acoso.
El derecho a ejercitar la sexualidad en forma satisfactoria, libre y responsable.
El derecho a la intimidad y el placer.













Derechos humanos de personas LGBTI
Lesbianas, Gays, Bisexuales, Trans, Intersexuales

Discriminar es una forma de violar derechos humanos

Los derechos humanos son atributos inherentes a la condición humana y se sustenta en la convicción de que todas las personas, sin ningún tipo de distinción, deben disfrutar de una vida digna.

Los derechos humanos considerados básicos han sido reconocidos en la Declaración Universal de los Derechos Humanos, emitida por la Organización de la Naciones Unidas (ONU) el 10 de diciembre de 1948.

Los derechos sexuales como parte de los derechos humanos deben también gozar  de protección y, por ello, se deben denunciar las violaciones incluso en el ámbito de la vida familiar. El reconocimiento de los derechos sexuales permite a las personas vivir una vida digna, placentera, sin amenazas y sin discriminación.

¿Qué ha sucedido en Colombia con la legislación?

Nuestra legislación ha cambiado las extensas reglamentaciones que sancionaban con cárcel la homosexualidad, en los dos últimos siglos.

Pierde importancia el criterio de obsceno, inmoralidad, aberrante, alcahuetería.  Estas circunstancian en la actualidad y afortunadamente, no tiene cárcel, es decir algunos hechos que antes eran considerados pecado por grupos religiosos, y que eran comprendidos como delito, y ahora ya no lo son  y perviven únicamente en el campo peligroso de la ética única.

¿La constitución Política del 1991 ha generado Cambio?

 Si, cambio sustancial en la vida política,  social y jurídica  de nuestro país.

La constitución política menciona y/o protege  aun que no existe una mención directa expresa acerca de la orientación e identidad sexual. En la constitución sin embargo, el tema se encuentra amparado en varios principios: dignidad humana, igualdad, libre desarrollo de la personalidad, intimidad, pluralidad, además de ser un estado social de derecho implica la prevalencia y respeto por los derechos humanos, el principio y fin de la constitución política de Colombia es la persona humana, por ende, la protección de su proyecto de vida.

Se entiende por derecho a la intimidad: De acuerdo con el espacio donde cada persona realice sus actividades, estas pueden ser públicas o privadas;  su diferencia radica en que la primera se realiza en lugares que pertenecen a toda la comunidad y que por  lo tanto cualquier persona las observa. La privada o intima se dan en lugares a donde nadie puede tener acceso. De  lo contrario se debe contar con la autorización personal de quien es actor o actriz de los mismos. El estado y quienes le representan en el diario vivir, deben velar porque la intimidad o vida privada de las personas sea respetada, para que la persona goce de tranquilidad y su honra no sea vulnerada.

Lo que se entiende por el libre desarrollo de la personalidad: Permite que las personas puedan ser lo que deseen mientras no afecten a las demás personas. Tener libertad de ejercer lo que desee, nos hace personas dignas y libres sin tener en cuenta las imposiciones contrarias al “deber ser” lo que se  ha convertido en lineamientos del ser humano, implantando conductas obligatorias hasta para comer, vestir, hablar, modo de ser,  formas de interactuar.

La razón, principio y fin de nuestra constitución es la persona con fundamento en el respeto de la dignidad humana, y la garantía de protección de los derechos fundamentales.

Se ha pronunciado la corte constitucional sobre el tema:

Si, en muchas oportunidades ha habido pronunciamientos a través de las sentencias. A continuación se citan algunas frases:

“ La homosexualidad es una condición de la persona humana que implica la elección de su opción de vida tan respetable y valida como cualquiera, en la cual el sujeto que adopta es titular, como cualquier persona de intereses que se encuentra jurídicamente protegido, y que no puede ser objeto de restricción por el hecho de que otras personas  no compartan su especifico estilo de vida” sentencia T-101/98,

“El constituyente quiso elevar a la condición de derecho fundamental la libertad en manera de opción vitales y creencias individuales y en  consecuencia, enfatizo el principio liberal de la no injerencias institucional en materias subjetivas que no atenten contra la convivencia y organización social. Es evidente que la homosexualidad esta en este ámbito de protección y en sentido, ella no puede significar un factor de discriminación social” T-097 de marzo 7 de 1994.

“El derecho fundamental a la libre opción sexual sustrae el proceso democrático la posibilidad y la legitimidad de imponer o plasmar a través  de la ley la opción sexual mayoritaria” Sentencia C-098/96.

“La visiones tradicionales de los  homosexuales como una enfermedad o una anormalidad que debe ser curada medicamente no son aceptables en la sociedad pluralista contemporáneas pues desconocen los avances de la teorías sicológicas en este campo y se fundamentan en una confusión conceptual” Sentencia C- 481 de 1998.

“No son los problemas de los homosexuales los que provocan una marginación social si no que, al contrario es la marginación social la que genera problemas en ciertos homosexuales” Sentencia C-481 de1998.

“Si la orientación sexual se encuentra biológicamente determinada como lo sostiene algunas investigaciones, entonces la marginación de los homosexuales es discriminatoria y violatoria de la igualdad, pues equivale a una segregación por razones del sexo (CP art, 13). Por el contrario, el contrario, si la preferencia sexual es asumida liberalmente por la persona, como la sostiene otros enfoque, entonces esa escogencia se encuentra protegida como elemento esencial de su autonomía, su intimidad y en particular, de su derecho al libre desarrollo de la personalidad (CP art, 16). Por cualquiera de las dos vías que se enlace, es rotulado constitucional es entonces idéntico, por cuanto implica que todo trato diferente fundado en la homosexualidad de una persona se presume inconstitucional y se encuentra sometido aun control constitucional estricto”. Sentencia C-481 de 1998.

Estigma y discriminación
En América Latina aún existen grupos humanos excluidos que viven en condiciones de pobreza. Dentro de estos grupos existen personas LGBTI, que son excluidas social y culturalmente sin que se le reconozcan sus derechos. Son estigmatizados y discriminados a causa de su orientación sexual y su identidad de género.

En la medida en que estas personas son ‘marcadas’ social o culturalmente, se las desacredita, disminuye y subvalora. De hecho, la marca también puede darse por tener un color de piel, un virus como el VIH o una enfermedad como la tuberculosis.
 Al ser marcadas, las personas son excluidas o separadas del conjunto de las actividades o las instituciones sin darles apoyo o seguridad, dejándolas en estado de vulnerabilidad social y ante posibles abusos.
 Igualmente, las personas con orientación sexual o identidad de género diferente son discriminadas. La discriminación, en este caso, se basa en la idea de que son seres inferiores.
 Ahora, sabemos que toda forma injustificada de distinción, restricción que prive, perturbe, amenace o menoscabe el ejercicio de los derechos a cualquier persona va en contra de lo establecido por la Declaración Universal de los Derechos Humanos.
 Para Amnistía Internacional, la orientación sexual, el género y la raza son elementos fundamentales de la identidad humana. Por ello, la discriminación por cualquiera de estos aspectos afecta directamente la integridad y dignidad de la persona.
 Formas de discriminación

Las formas de estigmatización o discriminación se conocen como homofobia, Lesbofobia, Transfobia y Bifobia. El sufijo “fobia” significa odio o aversión, en todos los casos.
La homofobia, por ejemplo, es la aversión que una persona tiene a otra que supuestamente es homosexual. Carlos Bonfil dice que dicha aversión es un “odio irracional a los disidentes sexuales, a los que se alejan del orden heterosexual impuesto, a quienes se descubren diferentes (…)”.
La homofobia se expresa en las actitudes y conductas de condena y rechazo a personas homosexuales. Cuando el rechazo se manifiesta a personas lesbianas se denomina Lesbofobia, cuando se orienta a las personas trans se denomina Transfobia y cuando se manifiesta a personas bisexuales se denomina Bifobia.
La cara extrema de la violencia motivada por la orientación sexual o identidad de género son los llamados crímenes de odio. Frente a esta discriminación y odio, muchas personas han preferido ocultar su orientación sexual y mantenerse ‘en el clóset’ para protegerse y no ser marginadas ni atacadas.
La cara extrema de la violencia motivada por la orientación sexual o identidad de género son los llama dos crímenes de odio. Frente a esta discriminación y odio, muchas personas han preferido ocultar su orientación sexual y mantenerse ‘ en el clóset’ para protegerse y no ser marginadas ni atacadas.
Mitos que alimentan la discriminación y el odio.
Aquí presentamos algunos mitos que promueven la discriminación a personas LGBTI. Las respuestas se basan en investigaciones científicas:
MITO O CREENCIA
REALIDAD
La homosexualidad es una enfermedad curable.
No. La homosexualidad es orientación sexual diferente, no una enfermedad o desviación.
La homosexualidad, el travestismo, la transgeneridad y la transexualidad son una maldición.
No. Las personas LGBTI no eligen su orientación sexual o su identidad de género, la van descubriendo como parte de sus vidas.
Todas las personas trans se dedican al comercio sexual.
No. Existen muchos casos, pero se deben a la falta de oportunidades de trabajo digno.
La homosexualidad, el travestismo, la transgeneridad y la transexualidad son producto de algún abuso sexual.
No. No hay relación entre una  situación e abuso o violencia sexual y el hecho de ser una persona LGBTI.
Las Lesbianas quieren ser hombres y los Gays quieren ser mujeres.
No. Las Lesbianas son mujeres y los Gays son hombres, y se sienten bien con su identidad de género.
Las Lesbianas, Gays y Trans acosan a las personas heterosexuales que les gustan.
No. El acoso puede realizarlo cualquier persona y es un delito.
Las Lesbianas y los Gays son pervertidas y pervertidos sexuales, que tienden a abusar de las niñas y niños.
No. El abuso sexual infantil puede ser practicado por cualquier persona.
El VIH/sida afecta solo a los Gays y las Trans.
No. El VIH/sida puede afectar a cualquier persona que tenga conductas sexuales de riesgo.
Las Lesbianas son mujeres frustradas sexualmente. Si tienen relaciones sexuales con hombres dejarán de ser lesbianas.
No. Esta afirmación se basa en la creencia de que los hombres son los únicos que pueden satisfacer sexualmente a las mujeres y puede justificar la violencia sexual contra las mujeres Lesbianas.
Las personas homosexuales y trans son más eróticas y promiscuas que las heterosexuales.
No. El erotismo y la promiscuidad son independientes de la orientación sexual o la identidad de género de las personas.
Todas las mujeres ‘machonas’ o masculinas son Lesbianas y todos los hombres ‘amanerados’ o femeninos son Gays.
No. La femineidad y la masculinidad son construcciones sociales para relacionarse de una manera determinada.
Si una persona tiene relaciones sexuales con una persona de su mismo sexo puede convertirse en Lesbiana o Gay.
No. La conducta sexual no es igual a la orientación sexual. Las prácticas heterosexuales también pueden ser parte de la vida de algunas Lesbianas y algunos Gays.


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Enfoque Diferencia y de Inclusión en el Plan de Desarrollo Departamental y Municipal para las Política Pública de la comunidad LGBTI en el Derecho de Igualdad y la No Discriminación en Barrancabermeja 2012 – 2015

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